La Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado la liquidación en concepto de plusvalía en una operación de compra-venta de una propiedad al entender que no se puede dejar “al arbitrio” del ente administrativo aplicador de dicho impuesto la “determinación de los supuestos” que dan origen legal a esta “obligación tributaria”. La Sala estima el recurso de apelación formulado por una empresa contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 34 de Madrid, en la que se avalaba dicha liquidación por parte, en este caso, del Ayuntamiento…